La Rioja entra en Nivel 3 a partir del lunes con estas diferencias

Niveles PMI
Cuadro de niveles PMI

(Esta noticia ha sido actualizada tras aclarar la Consejería de Salud un error sobre aforos en el comercio, que continúan en 1/3).

El Gobierno de La Rioja ha acordado que La Rioja se sitúe a partir de las 0 horas del lunes, 15 de marzo, en el Nivel 3 del Plan de Medidas según Indicadores. Desde el lunes 22 de febrero, La Rioja se situaba en el Nivel 4; el paso a otro nivel más permisivo se traduce básicamente en la ampliación de aforos en algunos establecimientos, pero se mantiene el cierre perimetral de la región, y el número máximo de personas que pueden reunirse sigue siendo de 6.

“Desde el 28 de febrero, y muy especialmente en la última semana, tanto la Incidencia Acumulada como la positividad han ralentizado su descenso hasta estabilizarse en los umbrales medios” ha explicado la consejera de Salud y portavoz del Gobierno, Sara Alba, quien ha destacado, no obstante, que la UCI continúa «con una elevada ocupación por COVID,” ante lo que ha advertido que “cualquiera de nosotros que no cumpla las medidas antiCOVID, puede volver a disparar los indicadores y acelerar la llegada de la Cuarta Ola”

niveles 4 y 3 PMI
Comparativa Niveles 4 y 3

Las principales medidas asociadas al Nivel 3 del Plan de Medidas según Indicadores son:

  • Se mantiene el cierre perimetral en los límites de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Habrá libre movilidad entre localidades (permanece igual que en Nivel 4).
  • La reducción de la movilidad nocturna se fija entre las 11 de la noche y las 5 de la mañana (permanece igual que en Nivel 4).
  • El número máximo de personas en las reuniones sociales será de 6, salvo para los grupos de convivencia estable (permanece igual que en Nivel 4).
  • Los establecimientos de restauración y hostelería podrán abrir con un aforo máximo del 50% en interior y del 75% en terrazas, sin consumo en barra y con un máximo de 6 personas por mesa. El ocio nocturno deberá permanecer cerrado (en Nivel 4 eran del 30% en interior y 75% exterior)
  • El comercio SEGUIRÁ EN UN TERCIO DE SU AFORO. Aunque esta mañana la Consejería de Salud ha informado que establecía los aforos del comercio en el 50%, finalmente es de un tercio, tal y como indica el PMI.  Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se limitará la permanencia dentro del local a un cliente (permanece igual que en Nivel 4)
  • También hay un límite de aforo de un tercio en velatorios y ceremonias y espacios de culto que transcurran en espacios cerrados y limitación de asistentes a 20 personas en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad (permanece igual que en Nivel 4).
  • Las academias y centros de formación no reglada podrán abrir con un 50% de aforo (el Nivel 4 establecía 1/3 para academias, que posteriormente se elevó excepcionalmente al 50%)
  • En cines, teatros o auditorios, el aforo máximo será del 50%.(permanece igual que en Nivel 4).
  • También se reduce a la mitad el aforo máximo en bibliotecas, archivos y salas de exposiciones (permanece igual que en Nivel 4).
  • En piscinas, el aforo máximo será del 50% en las instalaciones al aire libre y de un tercio en los espacios cerrados (permanece igual que en Nivel 4).

La consejera de Salud y portavoz del Gobierno ha puesto de relieve durante su intervención que “esta semana se han continuado viendo muchas aglomeraciones en las calles y se han incrementado notablemente las labores de vigilancia e inspección en el cumplimiento de las medidas antiCOVID” ante lo que ha apelado a la responsabilidad y ha incidido: “Estas infracciones, estos comportamientos incívicos y poco solidarios, ponen en riesgo a todos y pueden llevar a nuestros hospitales a los momentos de tensión que se vivieron hace 30 días”.

 

niveles 4 y 3 PMI
Comparativa Niveles 4 y 3

De forma más DETALLADA este es el contenido de las restricciones para el nuevo NIVEL 3:

Hostelería y restauración

  • 50% DE AFORO EN INTERIORES
  • 75% DE AFORO EN ZONAS EXTERIORES
  • MÁXIMO DE 6 PERSONAS POR MESA
  • PROHIBICIÓN DEL CONSUMO EN BARRA

Comercio

  • 1/3 DE AFORO
  • SI NO ES POSIBLE MANTENER LA DISTANCIA, UN CLIENTE POR TURNO
  • 50% DE PUESTOS HABITUALES EN MERCADILLOS AL AIRE LIBRE
  • PROHIBIDA LA VENTA DE ALCOHOL A PARTIR DE LAS 22:00H. A 06:00H.

Relaciones sociales y familiares:

  • Limitación al máximo de los contactos fuera de los GCE.
  • Reuniones hasta un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
  • Mantenimiento de distancia interpresonal, prohibición de fumar en vía pública sin mantener la distancia de 2 m., prohibición de fumar en terrazas y prohibición de comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad y fuera del GCE.
  • Recomendación de permanecer en el domicilio.
  • Valoración de limitación de horarios de apertura al público hasta las 23:00 horas en los establecimientos.

Movilidad:

  • Limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada. Excepciones: Art. 3 Decreto de la Presidenta 15/2020, de 28 de octubre.
  • Recomendación de salir del domicilio solo para lo necesario, evitando espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.
  • Restricción de movilidad nocturna entre las 23:00h y las 05:00h.

Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres:

  • Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo 10 personas) siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
  • Limitación de asistentes a 20 personas en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Centros residenciales de personas mayores y con discapacidad, centros de día y centros de participación activa:

  • Residencias de mayores y personas con discapacidad: limitación de salidas y de visitas garantizando las medidas de distanciamiento e higiene, bajo supervisión.
  • Centros de Participación Activa: cierre de este tipo de centros.

Hogares del jubilado, ludotecas y centros de ocio juvenil:

  • Apertura con un aforo del 50% en interior. Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesas o agrupación de mesas.

Discotecas y locales de ocio nocturno:

  • Cierre.

Establecimientos como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas:

  • Aforo del 50% en interior.
  • Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
  • Prohibición de consumo en barra.
  • Garantizar la distancia de 2 m. entre las sillas de las diferentes mesas.

Instalaciones y centros deportivos (fuera del ámbito regulado por el CSD):

  • Zonas interiores:
    • Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: aforo máximo del 50% garantizando la distancia de seguridad y ventilación. En caso de no poder garantizarse deberán permanecer cerrados. En las actividades grupales se mantendrán los límites de personas aplicable a dicho nivel, es decir, 6 personas.

Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales:

  • Solamente se podrán realizar de forma telemática.

Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada:

  • Aforo del 50%.
  • Presencialidad si pueden garantizarse las medidas de prevención, distanciamiento e higiene.
  • Suspensión de actividades donde asistan personas vulnerables.
  • Recomendación de enseñanza telemática.
  • Academias de danza, baile o similares: grupos máximo de 6 personas y uso obligatorio de mascarilla.

Hoteles, albergues turísticos, residencias de estudiantes y otros alojamientos:

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  • Hoteles
    • Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.
  • Albergues
    • Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.
    • Las personas de distintos grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia.

Bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos…

  • Aforo del 50% para cada una de las salas y espacios públicos.
  • Actividades en grupo máximo 6 personas.

Piscinas y zonas de baño:

  • Aforo del 50% al aire libre y 1/3 en cerradas.
  • Control de aforos.

Parques y zonas de esparcimiento al aire libre:

  • Abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.
  • Prohibición del consumo de alcohol.
  • Recomendación del cierre nocturno.

Caza y pesca

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  • Permitida la actividad cinegética y de pesca en todas sus modalidades.
  • Mantenimiento de distancia interpresonal de 1,5m. y uso de mascarilla.
  • Si implica más de un cazador, el organizador o responsable de la cacería deberá disponer de un plan de actuación con las medidas de prevención e higiene. El contenido de dicho plan deberá difundirse entre los participantes y se adjuntará a la solicitud de autorización de cacería.
  • Grupo máximo de 6 personas tanto para caza como pesca.
  • No se compartirán utensilios de caza ni accesorios de comida o bebida.

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